Proyecto REFCON

El proyecto REFCON tiene por objeto la ejecución del subprograma de referencia de las masas de agua superficiales conforme a lo previsto en el RD 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental (RDSE), mejorar el nivel de confianza en las condiciones de referencia y en los límites de clases de estado de los indicadores de estado definidos en el RDSE, realizar el seguimiento de las alteraciones y tendencia debidas al cambio climático, estableciendo la situación actual, y evaluar los efectos negativos de la contaminación atmosférica en los ecosistemas acuáticos, en cumplimiento del Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos.

El proyecto contempla la selección y validación de la red de referencia, de la red de seguimiento del cambio climático en ecosistemas acuáticos y de la red para la evaluación del efecto del depósito atmosférico

El estudio de los puntos de Referencia contempla la toma de muestras y determinación de indicadores biológicos, fisicoquímicos e hidromorfológicos para la evaluación del estado ecológico y la evaluación de alteraciones debidas a la contaminación atmosférica, así como el estudio de marcadores para el cambio climático.

Se realizarán campañas de muestreo anuales sobre todos los puntos de control integrados en las redes, los elementos de calidad controlados son los definidos en los Anexos I y II del RD 817/2015, de 11 de septiembre, los completados en el RD 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, y los marcadores de cambio climático que se definan en el proyecto.

EVALUACIÓN Y RESULTADOS

1.            Determinación de las condiciones de referencia y revisión de valores umbral de estado ecológico

Con los resultados generados en las campañas de muestreo de las estaciones de referencia se calcularán, para cada tipo de masa de agua, los valores de referencia para cada uno de los indicadores biológicos definidos en el RDSE. La determinación de estos valores incluirá una indicación sobre el grado de confianza de los resultados obtenidos. Para la revisión de los valores de referencia se tendrán en cuenta, además de los datos generados durante este contrato, los datos históricos disponibles sobre estaciones de referencia.

Para aquellos tipos de masas de agua sin sitios de referencia disponibles, se definirán las condiciones de referencia mediante métodos alternativos. Además, para cada tipo de masa de agua y para cada grupo biológico, se definirán las comunidades de referencia para permitir la revisión de la tipología de masas de agua en una fase posterior.

Finalmente se analizará la conveniencia de determinar condiciones de referencia en función de las condiciones hidrológicas existentes, es decir, valores de referencia para años secos y húmedos.

A partir de los valores de referencia definidos para cada indicador biológico de estado ecológico, se revisarán los valores de umbral de estado ecológico definidos en el RDSE para cada indicador, siguiendo la metodología que se acuerde con el Director de los trabajos.

2.            Evaluación de alteraciones y tendencias debidas al cambio climático

Al final de los trabajos, en aquellos puntos con información histórica, se realizará una evaluación de alteraciones y tendencias en los marcadores de cambio climático seleccionados para aquellos tipos de masas de agua que presenten información válida.

Además, se deberán proponer una serie de recomendaciones para trabajos futuros relacionados con el seguimiento del cambio climático y el análisis de tendencias en ecosistemas acuáticos.

3.            Evaluación del impacto de la contaminación atmosférica

Los resultados de los parámetros seleccionados se utilizarán para evaluar el impacto de la contaminación atmosférica en los ecosistemas acuáticos de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos y en la documentación técnica elaborada por el Programa de colaboración internacional para el seguimiento y evaluación de los efectos de la contaminación atmosférica sobre ríos y lagos (ICP Waters en su denominación inglesa), establecido por el Comité ejecutivo del Convenio sobre contaminación atmosférica a gran distancia (LTRAP) de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE).

ÁMBITO TERRITORIAL

El ámbito territorial de los trabajos es el abarcado por todas las demarcaciones hidrográficas españolas, tanto de competencia Estatal como de las Comunidades Autónomas, puesto que la DGA actúa como coordinadora y homogeneizadora de la implantación de la DMA en España, siendo la SGPAGR la responsable de los temas de calidad de aguas.