Patrimonios Públicos: Vías Pecuarias

La trashumancia ha sido tradicionalmente un mecanismo de intercambios culturales entre los diferentes territorios de la Península. A través de la amplia red de vías pecuarias, se produjo la transmisión de noticias y conocimientos, resultando que a lo largo de los diferentes territorios se genera una cierta homogeneidad cultural derivada de las interrelaciones sociales y culturales que este pastoreo producía.

Declaración de la Trashumancia como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad

Origen y definición de la red

Las vías pecuarias son las rutas tradicionales usadas por el ganado trashumante, para sus movimientos estacionales en busca de los mejores pastos y, a tal efecto, ya estaban protegidas desde la creación del “Honrado Concejo de la Mesta” por el rey Alfonso X, en el año 1273. El territorio de la península ibérica, por su estructura y configuración, es paso obligado de los desplazamientos de los rebaños, que buscan para su alimento los pastizales invernales de las dehesas de Andalucía y Extremadura y los pastos estivales de la Cordillera Cantábrica y Sistema Ibérico. El conjunto de los desplazamientos de ganado ha configurado una tupida red de más de 125.000 km de longitud y 425.000 ha de superficie, siendo las Cañadas Reales las vías de mayor entidad. Éstas se conectan con otras de menor anchura, denominadas cordeles, veredas o coladas y todas ellas, junto con descansaderos y otras infraestructuras, forman la Red General de Vías Pecuarias (RGVP).

El Ministerio ha acordado con las CCAA la relación de aquéllas que conforman la Red Nacional de Vías Pecuarias (RNVP) como garantía de integridad y continuidad y que está compuesta por:

  • Grandes Cañadas Reales de la Mesta.
  • Vías pecuarias de carácter interautonómico e interfronterizo.
  • Cañadas, Cordeles y Veredas de especial interés.

Régimen legal, usos y conservación

Reguladas de forma general por Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias,  éstas son bienes de dominio público cuyos titulares son las Comunidades Autónomas, a las que de forma general les corresponde la gestión y administración en sus respectivos territorios. Más allá de la legislación básica, muchas comunidades autónomas despliegan sus propias leyes, reglamentos y planes de actuación, al mismo tiempo que conservan las principales facultades de la administración en la materia: Clasificación, Deslinde y Amojonamiento.

No obstante, la mencionada Ley confiere a la Administración General del Estado (actualmente, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico), las facultades siguientes:

  • De intervención, en colaboración con las Comunidades Autónomas, para el aseguramiento de la integridad y adecuada conservación del dominio público de las vías pecuarias (art. 3.2).
  • De tutela sobre la Red Nacional de Vías Pecuarias, mediante el Informe preceptivo sobre actos dispositivos de las Comunidades Autónomas que afecten a dicha Red (art. 18.3).
  • De gestión (custodia y actualización) del Fondo Documental de Vías Pecuarias, en virtud de su reconocimiento formal (art. 18.5).

Las vías pecuarias constituyen un extenso y valioso patrimonio natural y cultural que, pese a su deterioro, sigue siendo clave para el tránsito ganadero y la producción de servicios ecosistémicos, configurándose como infraestructura verde capaz de mejorar la conectividad entre otros espacios naturales. Complementariamente, pueden cumplir un importante papel para el fomento de los usos turístico-recreativos y el desarrollo rural. Las vías pecuarias gozan de gran valor estratégico para la gestión racional de los recursos naturales y como componente singular del territorio.

La ley manifiesta que la red de vías pecuarias sigue prestando un servicio a la cabaña ganadera nacional que se explota en régimen extensivo con favorables repercusiones para el aprovechamiento de recursos pastables infrautilizados y para la preservación de razas autóctonas. También han de ser consideradas corredores ecológicos, esenciales para la movilidad geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres. Finalmente, y atendiendo a una demanda social creciente, las vías pecuarias pueden constituir un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del entorno medioambiental.

Desafortunadamente los desplazamientos de ganado han ido abandonándose progresivamente a la par que la ganadería extensiva se reducía y muchas vías pecuarias fueron ocupadas por otros usos productivos, infraestructuras, etc. No obstante, existen iniciativas para continuar o retomar el movimiento trashumante y han empezado a recuperar su enorme potencial en los procesos de conservación del patrimonio natural y cultural, incrementando la heterogeneidad del paisaje, actuando como reservorios de biodiversidad, así como para la mejora de la calidad de vida en el medio rural. Por ello, en un contexto en el que la sociedad actual ha generado una gran sensibilidad ante los procesos ecológicos y demanda espacios naturales, las vías pecuarias son una herramienta para lograr el bienestar a que aspira y es necesario el compromiso de todos para su uso, conservación y defensa.

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