CLP es la abreviatura de la expresión inglesa «Classification, Labelling and Packaging» o «clasificación, etiquetado y envasado». El reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, entró en vigor en enero de 2009 e introdujo en la Unión Europea el Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (SGA) de las Naciones Unidas, que persigue la armonización internacional de la clasificación y el etiquetado de los productos químicos.
El Reglamento CLP ha sustituido progresivamente a dos actos legislativos anteriores, a saber, la Directiva de «Sustancias peligrosas» (DSD) y la Directiva de «Preparados peligrosos» (DPD), que han quedado totalmente derogadas el 1 de junio de 2015, fecha en la que finalizó el periodo transitorio con la entrada en vigor del reglamento CLP para mezclas.
El Reglamento CLP tiene por objeto garantizar una comunicación clara de los peligros que presentan las sustancias y mezclas químicas a los trabajadores y a los consumidores de la Unión Europea por medio de la clasificación y el etiquetado de los productos químicos.
Ámbito de aplicación
Están sujetas a la clasificación, envasado y etiquetado conforme al reglamento CLP todas las sustancias y mezclas comercializadas en la Unión Europea, con las siguientes excepciones:
Exención en el transporte
Excepto cuando sea de aplicación el artículo 33 de CLP, no se aplicará el reglamento al transporte de mercancías peligrosas por vía aérea o marítima, carretera, ferrocarril o vía fluvial.
Definiciones
Para entender el reglamento CLP y las obligaciones que conlleva, es preciso conocer cómo define el propio reglamento sustancia, mezcla y artículo (Art. 3):