Resumen
La Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público hidráulico lleva vigente más de 15 años, durante los cuales las entidades colaboradoras de la administración hidráulica (ECAH) han demostrado ser una herramienta valiosa para la certificación del cumplimiento de las autorizaciones de vertido, así como sus efectos en el medio ambiente.
Por ello, se considera oportuno extender el ámbito de actuación de las ECAH a la comprobación del cumplimiento de las obligaciones impuestas a los titulares de otros aprovechamientos, en particular al control de volúmenes y retornos, así como a actividades relacionadas con la protección de las aguas del dominio público hidráulico. La modificación del artículo 255 del RDPH, que establece las normas generales sobre entidades colaboradoras, hace necesario publicar una nueva norma adaptada al nuevo régimen jurídico establecido en dicha modificación.
Así mismo, es necesario adaptar requisitos técnicos exigidos a las ECAH al progreso científico–técnico que supone la aprobación de nuevas normas de la serie UNE-EN ISO/IEC sobre aseguramiento de la calidad de las tareas que ejecutan las entidades colaboradoras, así como la publicación de protocolos de actuación por parte de la Administración hidráulica.
Por otra parte, el PERTE de Digitalización del ciclo del Agua, aprobado por Consejo de Ministros el pasado 22 de marzo de 2022, establece en su línea de actuación 1 (Mejora de la gobernanza en materia de gestión de los usos del agua), además del modificación del RDPH, y precisamente como consecuencia del mismo, la actualización de la Orden Ministerial de ECAHs, lo que implica la actualización del régimen jurídico y el establecimiento de los requisitos administrativos de las mismas en materia de control de aprovechamientos y protección de las aguas del dominio público hidráulico.
De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de orden ministerial al trámite de información pública.
Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través de este buzón de la Subdirección General de Protección de las Aguas y Gestión de Riesgos indicando en el asunto: Orden “entidades colaboradoras administración hidráulica".
PLAZO PARA LA INFORMACIÓN PÚBLICA: del 4 de abril al 5 de mayo de 2023.
Lekualdatze epea
Deadline for submitting documents from asteartea, apirila 04, 2023 until ostirala, maiatza 05, 2023