En esta web encontrará toda la información relativa al Registro de Productores de Producto (sección bolsas de plástico). Le recomendamos consultar toda la información disponible.
En caso de seguir teniendo dudas no aclaradas en esta página web, se dispone de los siguientes buzones de correo electrónico:
bzn-rpp@miteco.es para dudas relacionadas con la inscripción en el Registro, bajas, declaración anual de bolsas de plástico puestos en el mercado, registro de apoderamientos
buzon-sgr@miteco.es para dudas relacionadas con aspectos generales de aplicación del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.
Desde ninguno de los dos correos anteriores se resolverán cuestiones orientadas a recibir asesoría legal por parte del MITECO, dado que esta función no se encuentra entre sus competencias de acuerdo al Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Para ello, se recomienda acudir a un asesor legal especialista en materia ambiental.
Asimismo, exclusivamente en el horario establecido, se podrán realizar consultas telefónicas a los siguientes teléfonos:
917284813. Horario de atención telefónica: Lunes a jueves, de 9:00 a 15:00 h.
Viernes: de 9:00 a 14:00 h.
El Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, establece varias obligaciones relativas a información por parte de los productores de producto (conforme a la definición “fabricantes de bolsa de plástico” del artículo 3 g) del citado real decreto):
Se debe indicar que el ámbito de aplicación del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, son exclusivamente las bolsas, con o sin asa, hechas de plástico, proporcionadas a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos, lo que incluye la venta online y la entrega a domicilio.
El artículo 8 del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo, establece que los fabricantes de bolsas de plástico (conforme a la definición establecida en el artículo 3 g) del citado real decreto) deberán inscribirse en su correspondiente sección del Registro de Productores de Productos.
Para darse de alta en el registro deberán utilizar el procedimiento albergados en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
Inscripción en el registro de productores de producto
Código del Sistema de Información Administrativa
1523222
En caso de cese definitivo de la actividad, el productor de producto o su representante autorizado comunicarán la baja al Registro de Productores de Productos en el plazo de un mes desde que se produzca el cese y acreditará el mismo, remitiendo el correspondiente documento de cese de actividad de la empresa.
Para darse de baja en el registro deberán utilizar el procedimiento albergados en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
Baja en el registro de productores de producto
Código del Sistema de Información Administrativa
1523221
En el citado procedimiento se adjuntará el documento de cese de actividad de la empresa u otro documento que justifique la baja en el registro.
De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo, los productores de producto inscritos en la sección de bolsas de plástico del Registro de Productores de Producto, recopilarán la información contenida en el anexo II apartado 2, correspondiente a las bolsas de plástico que hayan introducido en el mercado español en cada año natural y la remitirán a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La remisión de información se realizará a través del procedimiento albergado en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
1778514
AVISO: Para las bolsas de plástico reguladas por el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, la información anual de puesta en el mercado se seguirá realizando en el procedimiento “Información anual sobre bolsas de plástico puestas en el mercado nacional (código SIA: 1778514)” y NO en los procedimientos de la sección de envases.
El artículo 8 del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo, establece que la información de la sección de bolsas del Registro de Productores de Productos tendrá carácter público.
En consecuencia, en el documento adjunto se hace pública parte de la información (Apartado 1, Anexo II del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo) de la sección de bolsas de plástico del registro de productores de producto, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 293/2018, del 18 de mayo. Dicho documento ha tenido en cuenta la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales).
El citado documento se irá actualizando como resultado de la revisión del propio registro.
Puede acceder a la sede electrónica a través del siguiente enlace:
https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO
A través del Registro Electrónico de Apoderamientos, se puede apoderar a una persona física o jurídica para que actúe como apoderado en los procedimientos electrónicos:
Recomendamos lea detenidamente los manuales de usuario de los procedimientos. Estos se encuentran en la cabecera del procedimiento de la sede electrónica.
Puede consultar la información agregada sobre bolsas de plásticos puestas en el mercado en el siguiente informe interactivo:
Informe interactivo Registro de Productores de Producto – Sección bolsas de plástico