Transporte de materiales radiactivos

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Los transportes de materiales radiactivos y sustancias nucleares están sometidos a una normativa específica en materia de transporte de mercancías peligrosas, que depende del medio de transporte utilizado. Existe normativa para transporte por vía terrestre, ferrocarril, marítima o aérea, aunque el medio más utilizado es el terrestre.

Según el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, el transporte de materiales radiactivos, así como la aprobación o convalidación de modelos de bultos para el transporte de dichos materiales o de fuentes radiactivas de forma especial, cuando así sea requerido por la reglamentación específica , estará sujeta a autorización por la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, previo informe preceptivo y vinculante del Consejo de Seguridad Nuclear.

Los transportistas de sustancias nucleares y materiales radiactivos, en bultos no exceptuados, estarán sometidos a un régimen de declaración para lo que deberán estar inscritos en un Registro que, a tal efecto, se mantiene en la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética. En la actualidad existen 45 compañías inscritas.

Normativa

La normativa más importante que se aplica a estos transportes es:

  • Real Decreto 1836/99, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
  • Real Decreto 97/2014, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.
  • Acuerdo Europeo sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
  • Real Decreto 412/2001, sobre transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
  • Reglamento relativo al transporte Internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID).
  • Código Marítimo Internacional de mercancías peligrosas (IMDG).
  • Real Decreto 243/2009, de 27 de febrero, por el que se regula la vigilancia y control de traslados de residuos radioactivos y combustible nuclear gastado entre Estados miembros o procedentes o con destino al exterior de la Comunidad.

Registros

Registro de transportistas de sustancias nucleares y materiales radiactivos: gestionado por la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, de acuerdo con el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas; existen 45 inscripciones.